Juan Leandro

Juan Leandro

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El trabajo como medio de reinserción social para el interno

¿Cuánto se gana en prisión?

Muy poco. Un interno cobra unos 3 o 4 euros la hora. En prisión no se cobra el Salario Mínimo Interprofesional, ni se tiene en cuenta el salario establecido en los Convenios Colectivos.

¿Es siempre beneficioso trabajar en prisión?

Desde el punto de vista económico, no siempre. Si un interno cotiza lo suficiente en prisión (360 días en los últimos 6 años) no podrá acceder al subsidio de excarcelación. Este se otorga tras un mínimo de 6 meses en prisión, puede durar hasta 18 meses y supone 426 € mensuales. Mucho más que la prestación por desempleo que se percibe en función de la media jornada o inferior.

¿Dónde puedo saber más acerca del trabajo en prisión?

Para quien quiera profundizar sobre esta materia algo “oscura” y desconocida, recomiendo el trabajo realizado en 2015 por la Asociación APDHA, avalado y recomendado por la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española.

¿Qué tipos de trabajo productivo hay en las prisiones?

Existen tres tipos de talleres productivos: 1. Talleres de producción propia: artes gráficas, carpintería, confección industrial, electricidad, electrónica, artesanía... 2. Talleres de servicios penitenciarios: alimentación, panadería, economato, lavandería, jardinería, gestión de residuos, bibliotecas... 3. Talleres en colaboración con empresas externas. La actividad laboral de los internos en los talleres productivos se enmarca dentro de la denominada “relación laboral especial penitenciaria”. Son trabajadores por cuenta ajena cuyo empleador es la Entidad Estatal TPFE. Y esta relación está regulada en el Real Decreto 782/2001, de 6 de julio

¿Por qué trabajar en prisión?

Durante mis años como jurista de Instituciones Penitenciarias he podido comprobar que los internos que tienen oportunidad de formarse o trabajar en prisión llevan claramente mejor su privación de libertad. Su relación con los demás internos, así como con los trabajadores penitenciarios, es también cualitativamente mejor. Tener un empleo no es sólo una cuestión económica. Trabajar es una manera de sentirnos útiles, de socializar, e incluso de realización personal en muchos casos. Implica seguridad, estabilidad, salud emocional, reconocimiento, estructura, reto, superación personal, motivación, autoconocimiento, desarrollo personal… Si todas estas cuestiones son importantes para cualquier individuo, tienen aún más peso para las personas que se encuentran privadas de libertad.

¿Qué relación tiene con la reinserción social?

Los cursos formativos y el trabajo de los internos tienen como objetivo mejorar sus posibilidades de reinserción social. El acceso a un empleo estable y a unas relaciones laborales de cierta calidad juega un papel muy importante de cara a su preparación para la vuelta a la vida en libertad. Además, la formación y el trabajo tienen una relevancia enorme para los internos ya desde su estancia en prisión. Les “alejan del patio” (o sea, de la constante interacción con personas vinculadas con el delito), les ayudan a mantener un mayor equilibrio emocional, les permiten obtener algunos ingresos para mejorar su calidad de vida en prisión, o para enviar dinero a la familia, y les ayudan a demostrar que están capacitados para optar a beneficios penitenciarios. La formación profesional, la orientación laboral, los diversos recursos de desarrollo personal y la posibilidad de acceder a un trabajo remunerado mejoran la capacitación profesional de los internos, les ayudan a adquirir hábitos laborales y les facilitan acceder a un empleo al salir en libertad.

¿Quién es el responsable del trabajo penitenciario?

El organismo encargado de gestionar el trabajo de los reclusos y su formación laboral es la entidad estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (TPFE), adscrita al Ministerio del Interior a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Los funcionarios de prisiones pueden optar a los puestos de este organismo a través de concursos periódicos, tanto en las oficinas centrales de la Entidad (Madrid) como en los servicios periféricos (centros penitenciarios y centros de inserción social).

¿Tiene relación el trabajo con el tratamiento penitenciario?

Sí. En función de las necesidades de cada interno y de su trayectoria formativa y laboral, su motivación, su situación penitenciaria, etc., se realiza un programa individualizado de tratamiento (PIT) en el que se incluyen las acciones formativas para el empleo y de inserción laboral. El objetivo del plan de formación profesional es cubrir las carencias formativas de las personas privadas de libertad y mejorar su cualificación profesional para contribuir a mejorar sus posibilidades de reinserción socio-laboral, una vez se encuentren en disposición de acceder a un empleo en el exterior.

Autora del artículo

Jurista del Cuerpo Superior Técnico de Instituciones Penitenciarias

Paloma Ucelay

Empezó a trabajar en prisiones en el año 2009. Prisones de Picassent (Valencia) y A Lama (Pontevedra).

12 años de experiencia en prisiones. Autora de juristadeprisiones.com desde 2014, un blog en torno al desconocido mundo de la cárcel. Aboga por un reconocimiento real del papel de la Criminología en las prisiones. Actualmente en excedencia voluntaria.

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